Resumen rápido: Los transportistas con camiones de 7,5 toneladas o más, los autobuses y los taxis pueden recuperar parte del impuesto sobre hidrocarburos: 49 euros por cada 1.000 litros de gasóleo, hasta 50.000 litros por vehículo y año (5.000 en taxis). Para cobrarla hay que inscribirse antes en el censo de beneficiarios de la Agencia Tributaria y repostar con tarjeta gasóleo profesional.
Es un dinero que corresponde por ley a muchos transportistas y que una parte importante deja de cobrar, bien por no inscribirse en el censo, bien por repostar con medios de pago que no sirven para solicitarla. En esta guía te explicamos quién tiene derecho, cuánto se recupera y cómo se tramita paso a paso.
Qué es el gasóleo profesional
El gasóleo profesional es el gasóleo que consumen determinados vehículos dedicados al transporte. La normativa de impuestos especiales permite a sus titulares obtener una devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos pagado al repostar. No es una subvención ni una ayuda que haya que pedir cada año: es un derecho permanente siempre que se cumplan los requisitos.
La devolución se gestiona desde la Agencia Tributaria, que la calcula a partir de los suministros que comunican las entidades emisoras de las tarjetas y la abona por transferencia bancaria.
Quién tiene derecho a la devolución
Tienen derecho los titulares de estos vehículos:
| Vehículo | Requisito |
|---|---|
| Transporte de mercancías por carretera | Vehículos o conjuntos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías, por cuenta propia o ajena, con un peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas |
| Transporte de viajeros | Vehículos de las categorías M2 o M3 (autobuses y autocares) dedicados al transporte regular u ocasional de viajeros |
| Taxis | Taxis que prestan servicio público con licencia municipal y taxímetro en funcionamiento |
Quedan fuera las furgonetas y camiones de menos de 7,5 toneladas, los vehículos de uso mixto y los que no se dedican exclusivamente al transporte. Si tienes una flota mixta, solo computan los vehículos que cumplen los requisitos.
Cuánto se recupera
Desde el 1 de enero de 2019, el tipo de la devolución es de 49 euros por cada 1.000 litros, es decir, 4,9 céntimos por litro. Hay un límite anual de litros por vehículo:
| Vehículo | Litros máximos al año | Devolución máxima anual |
|---|---|---|
| Camión de mercancías o autobús | 50.000 litros | 2.450 euros por vehículo |
| Taxi | 5.000 litros | 245 euros por taxi |
Un transportista autónomo que recorre muchos kilómetros al año puede superar con facilidad los 50.000 litros, así que en la práctica suele cobrar el máximo por cada camión. Con una pequeña flota, la cifra se multiplica.
Cómo inscribirse en el censo de beneficiarios
El paso imprescindible es inscribirse en el censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional, y hacerlo antes de los consumos: los repostajes anteriores a la inscripción no dan derecho a devolución.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el procedimiento de censo de beneficiarios del gasóleo profesional.
- Identifica cada vehículo con derecho a devolución y su matrícula.
- Indica las tarjetas gasóleo profesional vinculadas o, si repostas en instalación propia, esa circunstancia.
- Señala la cuenta bancaria donde quieres cobrar.
Cada vez que compres, vendas o des de baja un vehículo, cambies de tarjeta o de cuenta, hay que actualizar el censo. Es el error que más devoluciones bloquea.
La tarjeta gasóleo profesional y el cobro mensual
Para que el repostaje cuente, hay que pagar con una tarjeta gasóleo profesional, que emiten entidades autorizadas y que queda vinculada al vehículo. Pagar con ella tiene la consideración de declaración tributaria por la que se solicita la devolución: no hay que presentar ningún modelo cada mes.
Las entidades emisoras comunican los suministros a la Agencia Tributaria en el plazo de una semana. Al terminar cada mes natural, Hacienda calcula la devolución y la ingresa por transferencia bancaria en la cuenta del censo.
Si repostas en una instalación propia, el procedimiento cambia: tienes que presentar una relación de los consumos en el plazo de una semana desde que termina cada mes natural.
La devolución en tu contabilidad e impuestos
Si tributas en estimación directa, la devolución del gasóleo tiene que reflejarse en tu contabilidad, porque reduce el coste real del carburante que deduces como gasto. Si llevas una sociedad de transporte, se registra igualmente en las cuentas de la empresa.
Si tributas por módulos, tu rendimiento se calcula por signos como la carga de los vehículos, pero la devolución sigue siendo un derecho que te corresponde y conviene tenerla controlada junto con tus pagos del modelo 131.
Errores que hacen perder la devolución
- No inscribirse en el censo o hacerlo después de repostar.
- Repostar con tarjeta normal o en efectivo, que no genera la solicitud.
- No dar de alta un vehículo nuevo en el censo.
- Cambiar de cuenta bancaria sin actualizarla.
- Incluir vehículos que no cumplen el peso o la categoría.
En nuestra asesoría para transportistas revisamos si tus vehículos tienen derecho, tramitamos el alta en el censo y controlamos que la devolución llegue cada mes, junto con tus módulos, el IVA y las nóminas de los conductores.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir la devolución del gasóleo profesional?
Los titulares de vehículos de transporte de mercancías de 7,5 toneladas o más, de autobuses y autocares de las categorías M2 y M3 y de taxis con licencia municipal.
¿Cuánto se devuelve por litro?
49 euros por cada 1.000 litros, es decir, 4,9 céntimos por litro, con un máximo de 50.000 litros por vehículo y año (5.000 en taxis).
¿Hay que presentar algún modelo cada mes?
No. Repostar con la tarjeta gasóleo profesional equivale a solicitar la devolución, y Hacienda la abona por transferencia al terminar cada mes.
¿Puedo cobrar la devolución de repostajes anteriores a inscribirme?
No. La inscripción en el censo tiene que ser previa a los consumos.
¿Una furgoneta de reparto tiene derecho?
No, salvo que su peso máximo autorizado sea de 7,5 toneladas o más y se dedique exclusivamente al transporte de mercancías.
¿Qué pasa si cambio de camión?
Tienes que dar de baja el antiguo y de alta el nuevo en el censo, y vincular la tarjeta al nuevo vehículo.
¿Tienes un negocio de transporte?
Llevamos tus módulos, el IVA, el gasóleo profesional y las nóminas de tus conductores.








