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Modelo 036 o 037: diferencias y cuál te toca presentar

Modelo 036 o 037: diferencias y supresión del 037 — Palencia Asesores

El modelo 036 o 037 es la declaración censal que toda persona física o entidad presenta ante la Agencia Tributaria para darse de alta, modificar datos o darse de baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Durante años convivieron dos versiones: el modelo 036, completo, y el modelo 037, una declaración censal simplificada pensada para personas físicas con un perfil sencillo. Si has buscado la diferencia entre 036 y 037 para saber cuál te toca presentar, hay una novedad que cambia la respuesta.

El modelo 037 ya no existe. La Orden HAC/1526/2024, publicada en el BOE el 9 de enero de 2025, suprimió la declaración censal simplificada con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Desde esa fecha, todas las altas, modificaciones y bajas en el censo se tramitan con el modelo 036. En este artículo verás qué hacía cada modelo, en qué se diferenciaban y por qué hoy solo necesitas el 036 para gestionar tu situación censal.

¿Qué son los modelos 036 y 037 y para qué sirven?

El modelo 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. El 037 era su versión simplificada, con menos páginas, reservada a personas físicas que cumplían unas condiciones concretas. Ambos servían para comunicar a Hacienda los datos fiscales de la actividad: tipo de actividad, epígrafe del IAE, regímenes de IVA e IRPF y obligaciones de retención.

Estas declaraciones no liquidan ningún impuesto. Son censales, es decir, informan a la Agencia Tributaria de quién eres fiscalmente y qué obligaciones tienes. Con ellas te das de alta como autónomo o sociedad, cambias el domicilio fiscal, añades o quitas actividades, modificas tu régimen de IVA o comunicas el cese. Si quieres conocer el detalle de las casillas y secciones de la declaración completa, lo tienes desarrollado en nuestra guía sobre qué es el modelo 036.

Modelo 036 vs 037: diferencias lado a lado

La diferencia entre el 036 y el 037 era el alcance. El 036 lo podía presentar cualquier obligado tributario, persona física o jurídica, en cualquier situación. El 037 solo lo podían usar personas físicas con un perfil sencillo y servía para menos trámites. Esta tabla resume cómo se repartían los dos modelos cuando el 037 seguía vigente.

AspectoModelo 036Modelo 037 (suprimido)
Quién podía usarloPersonas físicas y jurídicas (sociedades, comunidades de bienes, entidades)Solo personas físicas residentes con un perfil sencillo
Qué permitíaCualquier alta, modificación o baja censal, sin límitesAltas, modificaciones y bajas básicas para casos sin complejidad
Regímenes especiales de IVAAdmitía todosNo admitía la mayoría, con pocas excepciones
Operaciones intracomunitariasPermitidasNo permitidas (no se podía inscribir en el registro de operadores intracomunitarios)
ExtensiónMás páginas y apartadosVersión reducida y simplificada
Estado actualVigente y único modelo censalSuprimido desde el 3 de febrero de 2025

¿Quién podía presentar el modelo 037?

El modelo 037 estaba reservado a personas físicas residentes en España que cumplían todas las condiciones de un perfil sencillo. Si fallaba una sola de ellas, había que usar el 036. Estas eran las condiciones que la Agencia Tributaria exigía para presentar la declaración censal simplificada.

  • Ser residente en España y tener NIF.
  • No tener la condición de gran empresa.
  • No actuar por medio de representante.
  • Tener el domicilio fiscal coincidente con el de gestión administrativa.
  • No estar incluido en regímenes especiales de IVA, salvo el simplificado, el de la agricultura, ganadería y pesca, el de recargo de equivalencia o el de criterio de caja.
  • No figurar inscrito en el registro de operadores intracomunitarios ni en el de devolución mensual.
  • No realizar ventas a distancia.
  • No ser sujeto pasivo de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • No satisfacer rendimientos de capital mobiliario.

Quien no encajaba en este perfil (sociedades, autónomos con operaciones intracomunitarias, inscritos en regímenes especiales o que actuaban con representante) presentaba directamente el 036. Por eso el 036 fue siempre el modelo de referencia para los casos con cualquier nivel de complejidad.

¿Qué cambió: por qué desapareció el modelo 037?

El modelo 037 se suprimió porque dejó de tener sentido mantener dos declaraciones distintas. La Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, modificó la normativa censal y eliminó la declaración censal simplificada. La medida entró en vigor el 3 de febrero de 2025 y se aplica a los modelos 036 y 030 que se presentan desde esa fecha.

La razón es práctica. La Agencia Tributaria mejoró sus herramientas de asistencia y los programas de ayuda a la cumplimentación del 036. Con esas mejoras, la simplificación que aportaba el 037 ya se ofrece dentro del propio 036, que ahora guía al contribuyente y solo muestra los apartados que necesita. Mantener un modelo aparte había dejado de ser útil.

Antes del 3 de febrero de 2025Desde el 3 de febrero de 2025
Persona física con perfil sencillo: modelo 037Todos los casos: modelo 036
Resto de casos: modelo 036El 037 ya no se puede presentar
Dos modelos censales convivíanUn único modelo censal: el 036

¿Modelo 036 o 037? Checklist para saber cuál te toca

Hoy la respuesta es directa: si tienes que tramitar tu situación censal, presentas el modelo 036. Esta tabla aclara qué modelo corresponde según el momento y la operación, para que no te confundas si encuentras referencias antiguas al 037.

Tu situaciónModelo que te toca
Quieres darte de alta como autónomo hoyModelo 036
Necesitas modificar un dato censal (domicilio, actividad, IVA, IRPF)Modelo 036
Vas a comunicar la baja de tu actividadModelo 036
Eres sociedad o entidad sin personalidad propiaModelo 036
Encuentras un artículo que te dice que uses el 037Información desactualizada: usa el 036

El cambio no afecta a la información que comunicas, solo al impreso. Los datos de alta como autónomo, el epígrafe del IAE o el régimen de IVA siguen siendo los mismos; cambia el formulario que los recoge. Si vas a iniciar tu actividad, te explicamos el proceso completo en nuestra guía sobre cómo darse de alta como autónomo.

¿Cómo se presenta el modelo 036 paso a paso?

El modelo 036 se presenta por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. El programa de ayuda solicita solo los datos que correspondan a tu caso, de modo que el alta de un autónomo no muestra los apartados propios de una sociedad. Estos son los pasos básicos para tramitarlo.

  1. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria e identifícate con certificado, DNI electrónico o Cl@ve.
  2. Elige el tipo de trámite: alta, modificación o baja en el censo.
  3. Cumplimenta tus datos identificativos y el domicilio fiscal.
  4. Indica la actividad económica y el epígrafe del IAE que corresponda.
  5. Marca el régimen de IVA e IRPF aplicable a tu actividad.
  6. Revisa el borrador, firma y presenta la declaración.

Si más adelante cambias de actividad, una de las modificaciones que se comunica por el 036 es el epígrafe del IAE. Tienes el detalle de ese trámite en nuestra guía para cambiar el epígrafe del IAE. Un error en el régimen o en el epígrafe puede generar requerimientos de Hacienda, así que conviene revisarlo bien antes de presentar.

Cómo lo resolvemos en Palencia Asesores

En Palencia Asesores tramitamos el modelo 036 por ti y nos aseguramos de que la información censal sea correcta desde el primer día. Antes de presentar nada, analizamos tu actividad para elegir el epígrafe del IAE adecuado y el régimen de IVA e IRPF que mejor encaja con tu caso. Así evitamos altas mal configuradas que luego obligan a presentar modificaciones.

Nos ocupamos del alta inicial, de las modificaciones que vayan surgiendo (cambio de domicilio, de actividad o de régimen) y de la baja cuando cese la actividad. Si ya estás dado de alta y tienes dudas sobre si tus datos censales están bien, los revisamos y corregimos lo que haga falta. Puedes ver cómo trabajamos en nuestra página de asesoría fiscal en Toledo y plantearnos tu caso sin compromiso.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 036 y 037

¿Qué diferencia hay entre el 036 y el 037?

El 036 era la declaración censal completa, válida para cualquier persona física o jurídica y cualquier trámite. El 037 era una versión simplificada solo para personas físicas con un perfil sencillo. Desde el 3 de febrero de 2025 el 037 está suprimido y todo se hace con el 036.

¿El modelo 037 todavía existe?

No. El modelo 037 se suprimió por la Orden HAC/1526/2024 y ya no puede presentarse desde el 3 de febrero de 2025. Las altas, modificaciones y bajas en el censo se tramitan ahora únicamente con el modelo 036.

¿Qué modelo presento ahora para darme de alta como autónomo?

El modelo 036. Es el único modelo censal vigente y sirve tanto para personas físicas como para sociedades. El programa de ayuda muestra solo los apartados que necesitas, de forma que el alta sigue siendo sencilla aunque ya no exista el 037.

¿Por qué algunos sitios todavía hablan del modelo 037?

Porque la supresión es reciente y muchas guías no se han actualizado. Si encuentras un contenido que te pide presentar el 037, está desactualizado. La referencia válida hoy es el modelo 036.

¿El modelo 036 sirve también para darme de baja?

Sí. El 036 cubre las tres operaciones censales: alta, modificación y baja. Cuando cesas tu actividad, comunicas la baja en el censo con este mismo modelo, indicando la fecha de cese y el motivo.

¿Dónde puedo consultar la normativa oficial sobre la supresión del 037?

En la Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, publicada en el BOE el 9 de enero de 2025. Puedes leer la información oficial en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el procedimiento del modelo 036.

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