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Modelo 190: el resumen anual de retenciones del IRPF

Modelo 190, resumen anual de retenciones del IRPF — Palencia Asesores

El modelo 190 es la declaración informativa con la que cada pagador resume ante Hacienda todas las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que practicó durante el año a sus trabajadores, profesionales y otros perceptores. Lo presentan empresas, autónomos y entidades que retuvieron IRPF, y sirve para que la Agencia Tributaria cruce esos datos con las declaraciones de la renta de cada persona. No conlleva ningún pago: el ingreso ya se hizo trimestre a trimestre con el modelo 111.

Dicho de otro modo, el modelo 190 es el resumen anual de retenciones que cierra el ejercicio. Recoge, perceptor por perceptor, cuánto se le pagó y cuánto se le retuvo, ordenado por claves y subclaves de percepción. Es la pieza que conecta lo que tu empresa ingresó cada trimestre con lo que después aparece en el borrador de la renta de cada empleado o colaborador. En esta guía verás qué es, quién lo presenta, cuándo se presenta y cómo se rellena sin errores.

¿Qué es el modelo 190 y para qué sirve?

El modelo 190 es la declaración informativa anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios, determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. No se ingresa dinero con él: solo informa a la Agencia Tributaria del detalle de lo retenido durante el año a cada perceptor.

Su función es de control. La Administración usa los datos del modelo 190 para confeccionar el borrador de la renta de cada contribuyente y para verificar que las retenciones declaradas por el pagador coinciden con los rendimientos que el perceptor incluye en su IRPF. Por eso recoge tres bloques de información por cada persona: sus datos identificativos, las percepciones íntegras satisfechas y las retenciones practicadas, todo clasificado por clave de percepción.

El modelo 190 es el resumen anual del modelo 111. Si durante el año presentaste autoliquidaciones trimestrales con el modelo 111 de retenciones de IRPF, en enero del año siguiente debes presentar el 190 con el detalle nominal de todas esas retenciones. La suma de las retenciones del 190 tiene que cuadrar con la suma de los cuatro modelos 111 del ejercicio.

Modelo 190 frente a modelo 111: qué hace cada uno

Son dos modelos complementarios que cubren la misma obligación desde ángulos distintos. El 111 es el que liquida e ingresa cada trimestre; el 190 es el que resume e informa una vez al año. Esta tabla resume sus diferencias.

AspectoModelo 111Modelo 190
Qué esAutoliquidación con la que se ingresan las retenciones de IRPF practicadasDeclaración informativa que resume todas esas retenciones del año
¿Se paga?Sí, conlleva el ingreso del importe retenidoNo, es informativo; el dinero ya se ingresó con el 111
PeriodicidadTrimestral (mensual para grandes empresas)Anual
DetalleImportes globales del periodoDetalle nominal, perceptor por perceptor, con claves y subclaves
PlazoDías 1 al 20 de abril, julio, octubre y eneroDel 1 al 31 de enero del año siguiente

La regla práctica es sencilla: lo que pagas cada trimestre con el 111 lo declaras de forma detallada una vez al año con el 190. Por eso conviene que ambos cuadren al céntimo antes de presentar el resumen anual.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 190?

Está obligado a presentar el modelo 190 todo pagador que durante el ejercicio haya practicado retenciones o ingresos a cuenta del IRPF. Si presentaste algún modelo 111 durante el año, tienes que presentar el 190 que lo resume.

Entran dentro de esta obligación, entre otros:

  • Empresas que pagan nóminas a personas trabajadoras y les retienen IRPF.
  • Autónomos y profesionales que tienen empleados a su cargo.
  • Autónomos que reciben facturas de otros profesionales con retención y la ingresan.
  • Sociedades, asociaciones y entidades que satisfacen rendimientos sujetos a retención.
  • Quien abona premios, determinadas ganancias patrimoniales o imputaciones de renta sujetas a retención.

La obligación nace de haber retenido, no del tipo de actividad. Una pequeña empresa con un solo empleado y un autónomo que trabaja para varias agencias tienen la misma responsabilidad de presentar su resumen anual. Si un trimestre no hubo retenciones pero en otros sí, igualmente hay que reflejar el conjunto del año en el 190.

¿Cuándo se presenta el modelo 190?

El plazo de presentación del modelo 190 es del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio que se declara. Es decir, las retenciones de todo un año natural se resumen en el mes de enero del año posterior.

Hay un matiz importante con los días inhábiles. Cuando el 31 de enero cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se traslada al primer día hábil siguiente. En la campaña correspondiente al ejercicio 2025, por ejemplo, el plazo se extiende hasta el 2 de febrero de 2026 por ese motivo. Conviene confirmar la fecha límite exacta de cada campaña en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

La presentación es exclusivamente telemática, a través de la sede electrónica de Hacienda, con certificado digital, Cl@ve o el sistema que corresponda a cada obligado.

¿Cómo se rellena el modelo 190 paso a paso?

El modelo 190 se rellena relacionando a cada perceptor con sus percepciones y retenciones, clasificadas por clave y subclave. La parte que más dudas genera es precisamente esa clasificación, porque una clave incorrecta distorsiona el borrador de la renta del perceptor.

  1. Reúne los datos del año: percepciones íntegras y retenciones practicadas a cada persona, con su NIF y sus datos identificativos.
  2. Asigna a cada perceptor la clave de percepción que corresponda a la naturaleza del rendimiento (trabajo, actividades económicas, premios, etc.).
  3. Dentro de la clave, indica la subclave cuando el modelo lo exija para precisar el tipo de percepción.
  4. Comprueba que la suma de retenciones declaradas coincide con la suma de los modelos 111 presentados en el año.
  5. Valida y presenta el fichero en la sede electrónica de la Agencia Tributaria dentro del plazo.

Las claves agrupan los rendimientos por su naturaleza y la subclave afina dentro de cada grupo. Esta tabla recoge algunas de las claves de percepción más habituales para que veas la lógica de la clasificación.

ClaveTipo de percepciónCaso habitual
ARendimientos del trabajo: empleados por cuenta ajenaNóminas de la plantilla de la empresa
BRendimientos del trabajo: pensiones y haberes pasivosPensiones y prestaciones por desempleo
CPrestaciones por desempleoPagos del SEPE sujetos a retención
ERetribuciones a consejeros y administradoresMiembros del órgano de administración
GRendimientos de actividades económicas: actividades profesionalesFacturas de profesionales autónomos con retención
HRendimientos de actividades económicas: otras actividadesActividades agrícolas, ganaderas o en estimación objetiva

El listado completo de claves y subclaves, junto con su definición exacta, está publicado por la Agencia Tributaria en las instrucciones oficiales del modelo. Conviene revisarlo cada campaña, ya que puede tener novedades. Consulta siempre la versión vigente en la sede electrónica de la AEAT.

El modelo 190 y el certificado de retenciones

El certificado de retenciones es el documento que el pagador entrega a cada perceptor con el resumen de lo que le pagó y le retuvo durante el año. Los datos de ese certificado son los mismos que se vuelcan en el modelo 190, por lo que ambos deben coincidir.

Para el trabajador o el profesional, ese certificado es la referencia que usará al hacer su declaración de la renta. Si lo que aparece en el certificado no cuadra con lo declarado en el 190, la persona puede encontrarse con un borrador de renta incorrecto. De ahí la importancia de que la nómina, el modelo 111, el modelo 190 y el certificado de retenciones cuenten siempre la misma historia.

Cómo lo resolvemos en Palencia Asesores

En Palencia Asesores integramos el modelo 190 dentro del control fiscal anual de tu empresa o tu actividad, sin que tengas que pelearte con claves y subclaves en enero. Trabajamos así:

  • Revisamos las nóminas y las facturas con retención de todo el ejercicio para que cada perceptor quede correctamente identificado.
  • Cuadramos las retenciones del modelo 190 con los modelos 111 trimestrales antes de presentar, para evitar descuadres con Hacienda.
  • Asignamos las claves y subclaves de percepción según la naturaleza real de cada pago.
  • Preparamos y presentamos el modelo de forma telemática dentro del plazo, y entregamos los certificados de retenciones a tus perceptores.

Si quieres delegar las retenciones y el cierre fiscal del año en un equipo que lo lleva al día, conoce nuestro servicio de asesoría fiscal en Toledo y cuéntanos cómo trabajas. Analizamos tu situación y te decimos qué obligaciones de retención te afectan.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 190

¿Qué es el modelo 190?

Es la declaración informativa anual con la que el pagador resume ante Hacienda todas las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que practicó durante el año a sus perceptores. No conlleva pago: solo informa del detalle de lo ya ingresado con el modelo 111.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 190?

Cualquier empresa, autónomo o entidad que haya practicado retenciones de IRPF durante el ejercicio. Si presentaste modelos 111 a lo largo del año, estás obligado a presentar el 190 que los resume.

¿Qué relación hay entre el modelo 111 y el modelo 190?

El modelo 111 es la autoliquidación trimestral con la que se ingresan las retenciones. El modelo 190 es el resumen anual e informativo de esas mismas retenciones, con el detalle de cada perceptor. La suma de los 111 del año debe coincidir con el total del 190.

¿Cuándo se presenta el modelo 190?

Del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio. Si el 31 de enero cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al primer día hábil siguiente. La presentación es telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Se paga algo al presentar el modelo 190?

No. El modelo 190 es informativo. El importe de las retenciones ya se ingresó cada trimestre con el modelo 111, así que el resumen anual no implica ningún pago adicional.

¿Qué son las claves del modelo 190?

Son códigos que clasifican cada percepción según su naturaleza (rendimientos del trabajo, actividades profesionales, premios, etc.). Dentro de cada clave puede exigirse una subclave para precisar el tipo de percepción. Asignarlas bien es clave para que el borrador de la renta del perceptor salga correcto.

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