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Impuesto sobre el Patrimonio: qué es y quién presenta el modelo 714

Impuesto sobre el Patrimonio y modelo 714 — Palencia Asesores

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo que grava el patrimonio neto de las personas físicas a 31 de diciembre de cada año, es decir, el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que es titular el contribuyente, menos las cargas, gravámenes y deudas que los disminuyen. Sirve para que las grandes posiciones de patrimonio tributen de forma adicional a la renta, y afecta tanto a residentes en España (por todo su patrimonio) como a no residentes (por los bienes y derechos situados en territorio español). Su declaración se presenta mediante el modelo 714, junto con la campaña de la Renta.

Saber quién está obligado a presentar el modelo 714, qué mínimo exento se aplica y qué bienes quedan exentos evita declarar de más o dejar fuera una obligación. En esta guía explicamos el Impuesto sobre el Patrimonio paso a paso, las exenciones que más se consultan (la vivienda habitual y la empresa familiar), su carácter de impuesto cedido a las comunidades autónomas y su relación con el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio y para qué sirve?

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo directo y personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas. Recae sobre el valor de todos los bienes y derechos de contenido económico, una vez restadas las deudas y las cargas que recaen sobre ellos. Está regulado por la Ley 19/1991, se devenga el 31 de diciembre y se declara con el modelo 714.

Para calcular la base imponible se suma el valor de los bienes y derechos del contribuyente (inmuebles, depósitos, valores, vehículos, seguros, joyas, etc.) y se restan las deudas. Sobre el patrimonio neto resultante se aplica el mínimo exento, lo que da la base liquidable. Después se aplica la tarifa progresiva y se obtiene la cuota íntegra. El impuesto está cedido a las comunidades autónomas, que pueden regular el mínimo exento, la tarifa, las deducciones y las bonificaciones, por lo que el resultado final depende de la comunidad de residencia.

El Impuesto sobre el Patrimonio no sustituye a la declaración de la renta, sino que la complementa. Por eso se presenta dentro de la misma campaña anual, en paralelo al modelo 100 de la declaración de la Renta, con el que comparte calendario y, en muchos casos, los mismos contribuyentes con patrimonio elevado.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 714?

Están obligados a presentar el modelo 714 los contribuyentes cuya declaración resulte a ingresar y, además, aquellos cuyo valor de bienes y derechos supere los 2.000.000 de euros, aunque la cuota sea cero. Es decir, basta con superar ese umbral de patrimonio bruto para tener que declarar, incluso cuando no haya nada que pagar tras aplicar el mínimo exento.

Situación del contribuyente¿Presenta el modelo 714?
La cuota del impuesto resulta a ingresarSí, existe obligación de declarar
Valor de bienes y derechos superior a 2.000.000 €Sí, aunque la cuota sea cero
Patrimonio por debajo del mínimo exento y bienes hasta 2.000.000 €No, salvo que la normativa autonómica disponga otra cosa
No residentes con bienes o derechos en EspañaSí, por obligación real, sobre lo situado en territorio español

A efectos del límite de los 2.000.000 de euros se computa el valor de todos los bienes y derechos, con independencia de que estén o no exentos y sin descontar las deudas. Conviene revisarlo con calma, porque una persona con la vivienda y algunos ahorros puede acercarse al umbral sin ser consciente. Para verificar la situación particular es útil consultar los datos fiscales antes de presentar nada, igual que se hace al revisar el borrador de la Renta.

¿Cuál es el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio?

El mínimo exento general es de 700.000 euros, una cantidad que reduce la base imponible antes de calcular la cuota. Al tratarse de un impuesto cedido, cada comunidad autónoma puede fijar su propio mínimo exento, por lo que en algunos territorios la cifra es distinta de la estatal.

El mínimo exento se aplica sobre el patrimonio neto, una vez restadas las deudas, y se descuenta antes de aplicar la tarifa. Por eso no es lo mismo el umbral que obliga a declarar (los 2.000.000 de euros de bienes y derechos) que la cifra a partir de la cual se empieza a pagar (el mínimo exento sobre el patrimonio neto). Un contribuyente puede estar obligado a presentar el modelo 714 y, sin embargo, no ingresar nada porque su patrimonio neto queda por debajo del mínimo exento que le corresponde.

¿Qué bienes están exentos? Vivienda habitual y empresa familiar

La vivienda habitual del contribuyente está exenta hasta un importe máximo de 300.000 euros. La parte del valor que supere esa cantidad sí se integra en la base imponible. La otra exención de mayor peso es la de la empresa familiar y las participaciones en entidades, que dejan fuera del impuesto los bienes afectos a una actividad económica cuando se cumplen los requisitos legales.

Bien exentoAlcance de la exención
Vivienda habitualExenta hasta un máximo de 300.000 € de su valor
Empresa individual y negocio profesionalExentos los bienes y derechos afectos a la actividad, si cumplen los requisitos
Participaciones en entidades (empresa familiar)Exentas cuando se cumplen las condiciones de actividad, porcentaje y funciones de dirección
Determinados elementos del patrimonio (según la Ley 19/1991)Exentos en los términos que fija la normativa estatal y autonómica

La exención de la empresa familiar exige varios requisitos: que la actividad se ejerza de forma habitual, personal y directa, que constituya la principal fuente de renta y, en el caso de las participaciones, que se alcance un porcentaje mínimo de titularidad y se ejerzan funciones de dirección remuneradas. Cada exención tiene sus matices, y algunos límites de valoración los puede modular la comunidad autónoma, así que conviene revisar cada caso antes de aplicarlas.

Relación con el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas es un tributo complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava los patrimonios netos más altos. Está diseñado para evitar que las bonificaciones autonómicas del Impuesto sobre el Patrimonio dejen sin tributación a los grandes patrimonios, de modo que ambos impuestos se coordinan entre sí.

AspectoImpuesto sobre el PatrimonioImpuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas
ModeloModelo 714Modelo 718
Ámbito de gestiónCedido a las comunidades autónomasEstatal
A quién afectaContribuyentes obligados según mínimo exento y umbralesPatrimonios netos más elevados
CoordinaciónSe declara primeroPermite deducir lo ya pagado por el Impuesto sobre el Patrimonio

Para evitar la doble imposición, de la cuota del Impuesto de Solidaridad se descuenta lo ya pagado por el Impuesto sobre el Patrimonio. Por eso conviene calcular ambos de forma conjunta: en las comunidades donde el Impuesto sobre el Patrimonio está muy bonificado, el contribuyente con un patrimonio elevado puede acabar tributando por el de Solidaridad. Determinar qué cifras aplican exige revisar la normativa estatal y la autonómica vigente de cada año.

El Impuesto sobre el Patrimonio en Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha el Impuesto sobre el Patrimonio se rige por la normativa autonómica vigente, que puede establecer su propio mínimo exento, escala de gravamen y bonificaciones. Por eso, para saber cuánto corresponde pagar en concreto en Toledo o en cualquier municipio de la comunidad, hay que partir de la regulación autonómica del ejercicio que se declara.

Como esta normativa se revisa con frecuencia, la recomendación es confirmar el mínimo exento, la tarifa y las posibles bonificaciones aplicables en Castilla-La Mancha en el momento de hacer la declaración, sin dar por hecho cifras de años anteriores. Una valoración correcta de los bienes y la aplicación de las exenciones estatales (vivienda habitual y empresa familiar) suelen marcar la diferencia en el resultado final. Los datos y formularios oficiales pueden consultarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Cómo lo resolvemos en Palencia Asesores

En Palencia Asesores revisamos si existe obligación de presentar el modelo 714 antes que nada: comprobamos el valor total de bienes y derechos frente al umbral de los 2.000.000 de euros y calculamos el patrimonio neto frente al mínimo exento. Así evitamos tanto presentar declaraciones innecesarias como dejar fuera una obligación que después genere requerimientos.

Nuestro proceso es ordenado: inventariamos y valoramos los bienes y derechos, aplicamos las exenciones que correspondan (vivienda habitual, empresa familiar), restamos las deudas, aplicamos el mínimo exento y la normativa autonómica de Castilla-La Mancha, y comprobamos la coordinación con el Impuesto de Solidaridad cuando el patrimonio es alto. Presentamos el modelo 714 de forma electrónica y en plazo, coordinado con la declaración de la Renta. Puedes conocer cómo trabajamos en nuestra página de asesoría fiscal en Toledo.

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre el Patrimonio

¿Quién tiene que pagar el Impuesto sobre el Patrimonio?

Lo pagan las personas físicas cuyo patrimonio neto supera el mínimo exento aplicable, de modo que su declaración resulta a ingresar. Además, deben presentar el modelo 714 quienes tengan bienes y derechos por valor superior a 2.000.000 de euros, aunque la cuota sea cero.

¿Cuánto dinero hay que tener para presentar el modelo 714?

Hay obligación de declarar cuando la cuota resulta a ingresar o cuando el valor de bienes y derechos supera los 2.000.000 de euros, sin restar deudas. El mínimo exento general que reduce la base es de 700.000 euros, aunque cada comunidad autónoma puede fijar el suyo.

¿La vivienda habitual paga Impuesto sobre el Patrimonio?

La vivienda habitual está exenta hasta un máximo de 300.000 euros de su valor. La parte que supere esa cantidad sí se incluye en la base imponible del impuesto y tributa junto con el resto del patrimonio neto del contribuyente.

¿Cuándo se devenga y se presenta el Impuesto sobre el Patrimonio?

El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año, sobre el patrimonio del que se es titular ese día. La declaración, el modelo 714, se presenta de forma electrónica dentro de la campaña anual de la Renta, en paralelo a la declaración del IRPF.

¿Qué relación tiene con el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas?

El Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas es complementario y grava los patrimonios más altos. De su cuota se descuenta lo ya pagado por el Impuesto sobre el Patrimonio, para evitar la doble imposición, de modo que ambos tributos se calculan de forma coordinada.

¿El Impuesto sobre el Patrimonio es igual en toda España?

No. Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, que pueden regular el mínimo exento, la tarifa, las deducciones y las bonificaciones. Por eso el resultado depende de la comunidad de residencia, y conviene aplicar la normativa autonómica vigente en cada ejercicio.