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Calculadora de capitalización del paro 2026

Herramienta gratuita · 2026

Esta calculadora estima cuánto puedes cobrar de golpe del paro para hacerte autónomo o montar tu empresa: el pago único del SEPE. Calcula la prestación que te queda por cobrar con las cuantías de 2026, descuenta el interés legal del dinero como marca la ley, comprueba los requisitos y reparte el importe entre las tres modalidades (inversión, cuotas de la Seguridad Social o mixta). Sin registro.

Calculadora de capitalización del paro 2026

Pago único de la prestación por desempleo para emprender: cuánto te queda, cuánto te darían y en qué modalidad.

Figura en la resolución del SEPE. Si no la tienes: tu prestación mensual actual entre 30 y entre 0,70 (o 0,60 si ya pasaste los 180 días).

Cambian los topes mínimo y máximo de la prestación.

Desde que empezaste a cobrar hasta la fecha en que vas a solicitar el pago único.

Modalidad

Equipos, local, mercancía, fianzas, tasas e impuestos de puesta en marcha; hasta un 15 % en asesoramiento y formación. Déjalo en blanco para ver el máximo.

Requisitos

Pago único estimado
·
Días pendientes
·
Prestación pendiente
·
Para cuotas SS
·
Prestación diaria (70 % de la base reguladora, 180 primeros días)·
Prestación diaria (60 %, desde el día 181)·
Días pendientes al 70 % / al 60 %·
Prestación bruta pendiente·
Descuento estimado del interés legal (3,25 %)·
Valor actual estimado (máximo del pago único)·
Pago único por la inversión·
Resto para abono mensual de cuotas·
IRPFExento (art. 7.n LIRPF) si mantienes la actividad 5 años

Cálculo orientativo con el art. 34 de la Ley 20/2007 (LETA), el RD 1044/1985, los arts. 270 y 296 de la LGSS y las cuantías publicadas por el SEPE para 2026 (IPREM 600 €, interés legal 3,25 %). El SEPE no publica la fórmula exacta con la que descuenta el interés legal: aquí se aplica sobre el plazo medio pendiente, por lo que la cifra final puede variar unos euros. No sustituye a la resolución del SEPE ni al asesoramiento profesional.

Última actualización: · Fuentes: Ley 20/2007 (LETA), art. 34, RD 1044/1985, LGSS, arts. 270 y 296, SEPE, cuantías 2026 y SEPE, capitaliza tu prestación · Datos vigentes: 2026.

Cuéntanos tu proyecto

Dinos qué actividad vas a montar y cuándo, y te contestamos en menos de 24 horas laborables con los pasos, los plazos y la modalidad que más te conviene. Sin compromiso.

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    Tus datos solo se usan para responderte. Al enviar aceptas la política de privacidad.

    Cómo funciona la calculadora

    1. Localiza en la resolución del SEPE tu base reguladora diaria y los días de prestación reconocidos.
    2. Indica cuántos días llevas cobrando y si tienes hijos a cargo: determinan la prestación diaria y los topes.
    3. Elige la modalidad y, si es pago único o mixta, la inversión que puedes justificar con la memoria del proyecto.
    4. Marca los tres requisitos: sin pago único en 4 años, sin alta previa y sin compatibilización en 24 meses.
    5. Pulsa calcular: verás la prestación pendiente, el descuento del interés legal, el pago único y lo que iría a cuotas.

    Cuantías de la prestación por desempleo en 2026

    Concepto2026
    Prestación los 180 primeros días70 % de la base reguladora
    Prestación desde el día 18160 % de la base reguladora
    Mínimo mensual sin hijos / con hijos560,00 € / 749,00 €
    Máximo mensual sin hijos / 1 hijo / 2 o más1.225,00 € / 1.400,00 € / 1.575,00 €
    IPREM mensual (incrementado en 1/6)600,00 € (700,00 €)
    Interés legal del dinero que se descuenta3,25 %

    La base reguladora es el promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados, sin horas extraordinarias (art. 270 LGSS). Los importes máximos y mínimos son los publicados por el SEPE para 2026 con el IPREM prorrogado de la Ley 31/2022.

    Las tres modalidades y qué conviene a cada perfil

    • Pago único por la inversión. Para quien necesita dinero de arranque (equipos, obra, mercancía, fianza del local). Solo se cobra lo que se justifique en la memoria; lo que no se justifica no se cobra.
    • Abono de cuotas. Para quien apenas necesita inversión: el SEPE paga cada mes la cotización de autónomo hasta agotar la prestación. Se calcula sobre la cuota sin bonificar aunque tengas tarifa plana.
    • Mixta. La más frecuente: parte para la inversión y el resto para cuotas. Hay que pedirla así en la solicitud inicial.

    Plazos que no se pueden fallar

    • La solicitud tiene que ser anterior a la fecha de alta en la Seguridad Social. Si te das de alta antes, se deniega.
    • Una vez concedido, hay un mes para iniciar la actividad y justificar el destino del dinero.
    • Si un despido está impugnado, se solicita después de la resolución del procedimiento.
    • La prestación queda extinguida: no se reconoce otra hasta que pase el tiempo que habría durado.

    Lo que la calculadora no incluye

    • La fórmula exacta de actualización financiera del SEPE: aquí el interés legal se descuenta sobre el plazo medio pendiente.
    • Las aportaciones a cooperativas o sociedades laborales, que tienen sus propias reglas (art. 10 de la Ley 5/2011).
    • La cotización del perceptor durante el cobro mensual y su tratamiento en el pago único.

    Cuando tengas el importe, calcula lo que pagarás cada mes con la calculadora de la cuota de autónomos y repasa los pasos del alta en cómo darse de alta como autónomo. Ojo: el pago único es de la prestación por desempleo del SEPE; la prestación por cese de actividad de los autónomos no se puede capitalizar.

    Preguntas frecuentes sobre la capitalización del paro

    ¿Qué es capitalizar el paro o pago único? Es cobrar de una vez el valor actual de la prestación contributiva por desempleo que te queda pendiente para hacerte autónomo, aportarlo al capital de una sociedad en la que trabajes o incorporarte como socio a una cooperativa o sociedad laboral. Lo regula el artículo 34 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo y el Real Decreto 1044/1985.

    ¿Cuánto paro se puede capitalizar en 2026? Hasta el 100 por ciento de la prestación pendiente, sin distinción de edad, desde la Ley 31/2015. Del importe se descuenta el interés legal del dinero, que en 2026 es del 3,25 por ciento. El límite del 60 por ciento para mayores de 30 años ya no existe.

    ¿Qué requisitos hay que cumplir? Tener reconocida una prestación contributiva por cese total y definitivo, con al menos tres mensualidades pendientes; no haber cobrado otro pago único en los cuatro años anteriores; presentar la solicitud antes de darte de alta como autónomo o iniciar la actividad; iniciarla en el plazo de un mes desde que te lo concedan; y no haber compatibilizado el paro con un trabajo por cuenta propia en los 24 meses anteriores.

    ¿Qué modalidades existen? Tres. Pago único: cobras de golpe la cantidad que justifiques como inversión, incluidos impuestos y gastos de puesta en marcha y hasta un 15 por ciento en asesoramiento o formación. Abono de cuotas: el SEPE te paga cada mes la cotización de autónomo hasta agotar la prestación. Mixta: parte para la inversión y el resto para las cuotas. Si pides solo una modalidad no puedes añadir la otra después de iniciar la actividad.

    ¿El pago único tributa en el IRPF? No. Está exento por el artículo 7.n de la Ley del IRPF siempre que el dinero se destine a la finalidad prevista y mantengas la actividad o la participación durante cinco años. Si incumples, se pierde la exención.

    ¿Es compatible con la tarifa plana de autónomos? Sí. Puedes cobrar el pago único y darte de alta con la cuota reducida de 80 euros. En la modalidad de abono de cuotas, el SEPE calcula la subvención sobre la cotización obligatoria sin descontar la tarifa plana. Otra alternativa distinta al pago único es compatibilizar la prestación mensual con el alta de autónomo hasta 270 días, pero quien la usa no puede pedir el pago único en los 24 meses siguientes.

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