...
Asesoría en Toledo · Fiscal, laboral, contable y mercantil
+34 613 568 449

Ayudas para contratar al primer trabajador en 2026: bonificaciones y compatibilidades

Ayudas para contratar al primer trabajador 2026 — Palencia Asesores

Resumen rápido: contratar al primer trabajador activa un conjunto de bonificaciones y reducciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social que pueden llegar a los 450 €/mes durante 3 años, según el colectivo contratado. El marco legal es la Ley 3/2023 de Empleo y el Real Decreto-ley 1/2023 sobre incentivos a la contratación, vigentes desde septiembre de 2023. La aplicación es automática en el boletín de cotización —no existe solicitud separada— y la mayoría son compatibles con la tarifa plana de autónomos. Lo que no admite compatibilidad es acumularlas con la deducción autonómica equivalente.

Aplicar bien las bonificaciones al contratar a tu primer trabajador es parte de nuestra asesoría laboral en Toledo.

A continuación encontrarás las cuantías exactas, la tabla por colectivos, cómo codificarlo en nómina y los errores que más se cometen.

Antes de la Ley 3/2023 y del RDL 1/2023, el sistema de bonificaciones a la contratación era un mosaico de normas fragmentadas —muchas ya caducadas— con decenas de tipos distintos que generaban confusión y litigios con la Seguridad Social.

El nuevo marco unifica y simplifica:

  • Un único catálogo de colectivos con bonificación reconocida (artículos 20 a 30 del RDL 1/2023).
  • Eliminación de la mayoría de «ayudas a fondo perdido» directas por contratación: se pasa casi todo al modelo de bonificación en cuota empresarial.
  • Condición de mantenimiento reforzada: salvo excepciones, el puesto debe mantenerse al menos 3 años desde la contratación bonificada, o se reintegra la bonificación más un recargo.
  • Compatibilidad explícita con la tarifa plana del autónomo empleador y con los programas autonómicos que no supongan doble beneficio sobre el mismo concepto de cotización.

El RDL 1/2023 entró en vigor el 1 de septiembre de 2023 y desplazó, entre otras, la Ley 43/2006 y sus sucesivas reformas.

Requisitos generales para acceder a las bonificaciones

Antes de entrar en colectivos específicos, hay una serie de requisitos transversales que se exigen en prácticamente todos los casos:

Sobre el contrato:
– Debe ser un contrato indefinido (incluido el indefinido a tiempo parcial, siempre que la jornada supere el 50 % de la jornada completa). Los contratos temporales, de prácticas o de formación tienen reglas propias con bonificaciones distintas y generalmente menores.
– El contrato debe formalizarse en modelo oficial y comunicarse al SEPE a través de Contrat@ en el plazo establecido.

Sobre el empleador:
– Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda en el momento de la contratación.
No haber extinguido contratos del mismo grupo profesional —por causas objetivas declaradas improcedentes o por despido disciplinario declarado improcedente— en los 12 meses anteriores al inicio de la bonificación.
– No haber utilizado la misma bonificación para otro trabajador del mismo colectivo si la normativa específica así lo limita.

Sobre el mantenimiento del puesto:
– La regla general exige mantener el puesto 3 años desde la contratación. En colectivos de difícil inserción (personas con discapacidad severa, exclusión social certificada) puede llegarse a los 4 años.
– Si el trabajador causa baja voluntaria, la obligación se interrumpe si el empleador cubre el puesto en un plazo razonable con otro trabajador del mismo colectivo bonificable.

Bonificaciones por colectivos prioritarios en 2026

La siguiente tabla recoge los principales colectivos con bonificación en cotizaciones empresariales para contratos indefinidos en 2026. Las cuantías son mensuales y se aplican sobre la cuota empresarial a la Seguridad Social (contingencias comunes + AT/EP + desempleo + FOGASA + FP).

Colectivo Bonificación mensual Duración Observaciones
Jóvenes <30 años (general) 55 €/mes 3 años Inscritos como demandantes de empleo
Jóvenes <30 en Garantía Juvenil 110 €/mes 3 años Alta en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Jóvenes <30 con FP o titulados 137,50 €/mes 3 años FP de grado medio o superior o titulación universitaria
Mujeres en sectores masculinizados 137,50 €/mes 3 años Sectores con infrarrepresentación femenina >80 %
Mujeres víctimas de violencia de género 275 €/mes 4 años Requiere acreditación oficial (orden de protección, etc.)
Parados de larga duración (≥12 meses) 137,50 €/mes 3 años Inscritos ininterrumpidamente ≥12 meses en oficina de empleo
Mayores de 45 años desempleados 137,50 €/mes 3 años Inscritos como demandantes de empleo
Personas con discapacidad (<33 %) 375 €/mes Indefinida Modalidad de contrato específica
Personas con discapacidad severa o TEA 450 €/mes Indefinida Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual ≥33 %
Personas en situación de exclusión social 137,50 €/mes 3 años Acreditación por entidad del Tercer Sector o SPEE

Nota sobre el primer trabajador específicamente: el RDL 1/2023 no establece una bonificación «por ser el primer trabajador» como categoría aislada. La ventaja del autónomo empleador que contrata por primera vez reside en que (a) puede combinar la bonificación del colectivo con la tarifa plana de autónomos, y (b) en Castilla-La Mancha existen programas específicos —Plan Emprende CLM, ayudas a zonas de despoblación— que sí contemplan esta condición como criterio de acceso o cuantía adicional.

Bonificaciones específicas en Castilla-La Mancha

Las ayudas autonómicas son compatibles con las bonificaciones estatales siempre que no recaigan exactamente sobre el mismo concepto de cotización. Los principales programas vigentes en 2026:

Plan Emprende CLM:
El Plan Emprende CLM 2026 contempla incentivos directos a la contratación del primer trabajador por parte de autónomos de nueva constitución o con menos de 3 años de actividad. La subvención puede ser a fondo perdido (complementa la bonificación estatal) o en forma de reducción adicional de cuotas tramitada por la JCCM. El autónomo debe tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha y la contratación realizarse en la comunidad.

Contratación en zonas de despoblación:
Para municipios de menos de 5.000 habitantes —abundantes en la provincia de Toledo—, la JCCM ha habilitado una línea de ayuda directa a la contratación del primer o segundo trabajador que puede superar los 4.000 € anuales. Se tramita ante el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha (SEPECAM) y es compatible con la bonificación estatal de cotizaciones.

Contratación de mujeres y jóvenes:
Algunas convocatorias de la Agencia de Desarrollo Económico de CLM (ADE-CLM) incluyen bonificaciones adicionales a las estatales para contrataciones de mujeres menores de 30 años, especialmente en entornos rurales o en sectores industriales.

Consulta las convocatorias vigentes en el portal de ayudas y subvenciones para autónomos en Toledo antes de formalizar el contrato, ya que algunos programas autonómicos exigen aprobación previa a la contratación.

Compatibilidad con la tarifa plana de autónomos

Esta es la pregunta que más nos hacen en el despacho cuando un autónomo con tarifa plana decide dar el paso y contratar.

La respuesta es sí: las bonificaciones del RDL 1/2023 son compatibles con la tarifa plana de 80 €/mes.

La tarifa plana reduce la cuota del autónomo en su RETA. La bonificación por contratar a un trabajador de un colectivo prioritario reduce la cuota empresarial que el autónomo paga por ese trabajador. Son dos conceptos cotizados de forma separada y no se interfieren.

Lo que no es compatible:
– Acumular la bonificación estatal con la deducción autonómica equivalente que recaiga exactamente sobre las mismas cotizaciones. Si la JCCM bonifica el mismo colectivo y el mismo concepto de cotización, hay que elegir uno de los dos o tramitar la compatibilidad expresa ante los servicios de empleo.
– Aplicar la bonificación a contratos que no cumplan los requisitos de la norma (parcial <50 %, familiares sin cumplir las excepciones, colectivo no acreditado).

Cómo aplicar la bonificación: codificación en el TC1/RLC

No existe una solicitud previa formal ante el SEPE o la Seguridad Social. La bonificación se activa de forma automática una vez comunicado el contrato, siguiendo este proceso:

  1. Alta del trabajador en la Seguridad Social (Sistema RED o Importass) indicando el tipo de contrato y el colectivo bonificable.
  2. Acreditación del colectivo: aunque no se presenta documentación en ese momento, debes conservarla (certificado de discapacidad, informe SIPE para exclusión social, certificado del SEPE para parados de larga duración, etc.) porque la Seguridad Social puede pedirla en inspección o control posterior.
  3. Codificación en el boletín de cotización TC1/RLC: el gestor o asesoría aplica el código SLD (Situación Laboral Determinante) correspondiente al colectivo. Por ejemplo:
    – Colectivo jóvenes <30 Garantía Juvenil: código específico de programa.
    – Personas con discapacidad: códigos diferenciados según grado.
    – Mujeres víctimas de violencia: código con documentación asociada.

El sistema RED genera automáticamente la reducción de cuota al procesar el boletín si la codificación es correcta. Si hay error en el SLD, la bonificación no se aplica ese mes y no hay retroactividad automática —hay que reclamarla mediante escrito ante la TGSS.

  1. Para contratos del TC1/TC2 clásico, el procedimiento es el mismo pero en el sistema antiguo aún utilizado por algunas empresas en transición al Sistema RED 3.0.

Errores frecuentes al solicitar bonificaciones por contratación

Después de gestionar decenas de altas de trabajadores con bonificación, los fallos que se repiten son estos:

1. Contratar a un familiar directo sin cumplir las excepciones.
El cónyuge, hijos, padres y otros parientes por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado no pueden ser contratados con bonificación por el autónomo persona física, salvo que se acredite dependencia económica justificada y se tramite como excepción. No existe bonificación para este supuesto general.

2. Elegir un contrato indefinido a tiempo parcial inferior al 50 % de la jornada.
Un contrato al 40 % de la jornada completa no da derecho a bonificación bajo el RDL 1/2023. El umbral del 50 % es rígido. Con un 49 % no hay bonificación; con un 51 %, sí.

3. Despedir al trabajador antes de cumplir los 3 años de mantenimiento.
Si el despido es improcedente o por causas objetivas, la empresa debe reintegrar todas las bonificaciones percibidas más un recargo del 10 % sobre el importe total. Es uno de los motivos de deuda con la Seguridad Social que más sorprende al cliente cuando llega la reclamación.

4. No acreditar el colectivo en el momento de la alta.
Aplicar el SLD de «parado de larga duración» sin verificar que el trabajador lleva efectivamente 12 meses ininterrumpidos inscrito como demandante de empleo puede anular la bonificación retroactivamente si hay inspección.

5. Confundir bonificación con subvención directa.
Las bonificaciones en cuota no son dinero que ingresa: reducen lo que pagas a la Seguridad Social. Algunos clientes las contabilizan como ingreso en lugar de menor gasto de Seguridad Social, generando problemas en el cierre contable.

6. No revisar si existe programa autonómico previo que deba solicitarse antes de contratar.
Algunos programas de la JCCM (especialmente zonas de despoblación y Plan Emprende) exigen solicitar la ayuda antes de formalizar el contrato. Si contratas y luego solicitas, la ayuda puede denegarse por extemporaneidad.

Tabla resumen: colectivos, cuantías y compatibilidades

Colectivo Bonificación/mes Duración Compatible tarifa plana Compatible deducción autonómica equivalente
Jóvenes <30 (general) 55 € 3 años No simultáneo
Jóvenes <30 Garantía Juvenil 110 € 3 años No simultáneo
Jóvenes <30 con titulación 137,50 € 3 años No simultáneo
Mujeres sectores masculinizados 137,50 € 3 años No simultáneo
Mujeres víctimas violencia 275 € 4 años Consultar
Parados larga duración (≥12 m) 137,50 € 3 años No simultáneo
Mayores de 45 años 137,50 € 3 años No simultáneo
Discapacidad (<33 %) 375 € Indefinida No simultáneo
Discapacidad severa / TEA 450 € Indefinida No simultáneo
Exclusión social certificada 137,50 € 3 años No simultáneo

Preguntas frecuentes sobre ayudas para contratar al primer trabajador

¿Un contrato a tiempo parcial puede acogerse a la bonificación?

Sí, pero solo si la jornada pactada supera el 50 % de la jornada completa de referencia. Un contrato al 60 % sí bonifica; uno al 40 %, no. Las cuantías de bonificación son las mismas que para contrato completo; no se prorratean por jornada.

¿Si contrato a un segundo trabajador, qué bonificación le aplica?

El segundo trabajador sigue teniendo acceso a las bonificaciones por colectivo prioritario del RDL 1/2023 si cumple los requisitos. Lo que cambia es que ya no aplican los programas autonómicos específicos de «primer trabajador» (que vinculan la ayuda adicional a esa condición). Las cuantías estatales son las mismas que en la tabla anterior.

¿Los contratos de prácticas y de formación también tienen bonificación?

Sí, pero con una normativa distinta. El contrato de formación en alternancia (que sustituyó al antiguo contrato para la formación) tiene una bonificación del 100 % de las cuotas empresariales durante su vigencia. El contrato de prácticas tiene reducciones menores. Ninguno de los dos exige el mantenimiento de 3 años del contrato indefinido, pero tampoco dan acceso a las cuantías del RDL 1/2023.

¿Puedo contratar a un familiar y aplicar la bonificación?

Como norma general, no. El autónomo persona física no puede contratar con bonificación a su cónyuge, hijos o parientes hasta segundo grado. Sí existe la posibilidad de incorporar al cónyuge o hijos como autónomo colaborador (un régimen diferente, con cuotas propias), o de constituir una sociedad que los contrate como trabajadores por cuenta ajena —pero entonces no estaríamos ante el régimen del autónomo empleador.

¿Se puede combinar la bonificación estatal con el Plan Emprende CLM?

Sí, en la mayoría de casos. El Plan Emprende CLM articula sus ayudas como subvención directa o bonificación de cotizaciones a través de la JCCM, y la normativa autonómica prevé expresamente la compatibilidad con las bonificaciones estatales del RDL 1/2023, salvo que recaigan literalmente sobre el mismo concepto de cotización y el mismo período. Antes de formalizar el contrato conviene revisar la convocatoria vigente con el despacho para evitar incompatibilidades sobrevenidas.

¿Qué ocurre si despido al trabajador antes de que se cumplan los 3 años?

Si la extinción es por despido declarado improcedente, o por causas objetivas declaradas improcedentes, la empresa debe reintegrar el importe total de las bonificaciones percibidas más un recargo del 10 %. Si el trabajador rescinde voluntariamente, no hay obligación de reintegro. Si el despido es procedente (disciplinario o por causas objetivas que no se impugnan o se validan judicialmente), tampoco se reintegra. El riesgo real está en los despidos que acaban en conciliación con improcedente pactado.

¿Es mejor una bonificación en cuota o una subvención directa?

Depende de la liquidez del negocio y de la cuantía. La bonificación en cuota es segura, se aplica mes a mes de forma automática y no hay que justificarla a posteriori salvo inspección. La subvención directa puede ser mayor en importe global (especialmente en programas de CLM para zonas de despoblación) pero exige solicitud previa, justificación de gasto y puede tardar meses en percibirse. En la práctica, recomendamos activar siempre la bonificación estatal por RDL 1/2023 y valorar si merece la pena solicitar también la subvención autonómica en función de la convocatoria abierta en ese momento.


¿Estás considerando contratar a tu primer trabajador en Toledo o Castilla-La Mancha? En Palencia Asesores revisamos qué bonificaciones aplican en tu caso concreto, qué colectivo encaja con el perfil que buscas y si existe algún programa autonómico compatible que no debas dejar pasar. Consúltanos antes de firmar el contrato.

¿Te ayudamos con tu fiscalidad?

En Palencia Asesores acompañamos a autónomos, pymes y profesionales con asesoría fiscal, laboral y mercantil.

Hablar con nuestro equipo

Seraphinite AcceleratorOptimized by Seraphinite Accelerator
Turns on site high speed to be attractive for people and search engines.