Resumen rápido: el Kit Digital sigue activo en 2026 tras la Orden TDF/39/2026 (BOE de 28 de enero) que reactivó el programa, amplió el bono del Segmento III (autónomos y microempresas con menos de 3 empleados) de 2.000 € a 3.000 € y abrió la puerta a nuevas convocatorias con fondos remanentes. Para acceder, el autónomo debe registrarse en acelerapyme.gob.es, pasar el test de diagnóstico digital y solicitar el bono en la sede electrónica de Red.es cuando se publique la convocatoria correspondiente. El programa se enmarca en el Plan España Digital 2026 dentro de los fondos Next Generation EU.
A continuación tienes los segmentos vigentes, las soluciones digitales financiables, los pasos exactos para pedir el bono y los errores que invalidan la subvención.
- Qué es el Kit Digital y para qué sirve
- Cambios principales en 2026 (Orden TDF/39/2026)
- Cuantía del bono por segmento (todos los perfiles)
- Requisitos para que un autónomo pueda solicitarlo
- Categorías de soluciones digitales financiables en 2026
- Cómo solicitar el bono Kit Digital 2026: pasos
- Documentación que necesitas tener lista
- Errores frecuentes que invalidan la subvención
- Qué pasa si ya has agotado convocatorias anteriores
- Compatibilidad con otras subvenciones
- Preguntas frecuentes sobre el Kit Digital 2026
Qué es el Kit Digital y para qué sirve
El Kit Digital es el programa de ayudas a la digitalización de pymes y autónomos del Gobierno de España, financiado con fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU) y gestionado por Red.es (entidad pública adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública).
El bono se entrega al beneficiario en forma de derecho de cobro: tú eliges una solución digital del catálogo, contratas con un Agente Digitalizador adherido, y Red.es paga directamente al agente la parte subvencionada. El autónomo no abona la parte cubierta por el bono.
Cambios principales en 2026 (Orden TDF/39/2026)
La Orden TDF/39/2026, de 26 de enero, publicada en el BOE del 28 de enero de 2026, modificó las bases reguladoras y trajo cambios concretos:
- Bono del Segmento III ampliado a 3.000 € (antes 2.000 €) para autónomos y microempresas de menos de 3 empleados.
- Reactivación del programa con fondos remanentes: tras el cierre de las convocatorias anteriores en octubre de 2025, los fondos no ejecutados se reasignan en nuevas convocatorias.
- Ampliación de beneficiarios elegibles: ahora pueden solicitar autónomos con un mínimo de 6 meses de antigüedad en el RETA (antes la antigüedad mínima exigida variaba según convocatoria).
- Inclusión de soluciones de IA y ciberseguridad entre las categorías financiables, ampliando el catálogo más allá de las clásicas (web, ecommerce, RRSS).
- Cierre del plazo flexible: deja de haber una fecha rígida y se cierra cuando se agotan los fondos, lo que obliga a no demorar la solicitud.
A día de hoy la Orden está en vigor, pero Red.es debe publicar las convocatorias específicas con fechas de presentación. Conviene registrarse en acelerapyme.gob.es y pasar el test cuanto antes para estar listo.
Cuantía del bono por segmento (todos los perfiles)
| Segmento | Tamaño empresa | Bono máximo |
|---|---|---|
| I | 10 a menos de 50 empleados | 12.000 € |
| II | 3 a menos de 10 empleados | 6.000 € |
| III | 0 a menos de 3 empleados (incluye autónomos) | 3.000 € |
| IV | Mediana empresa pequeña | 25.000 € |
| V | Mediana empresa grande | 29.000 € |
Para la mayoría de autónomos, el segmento aplicable es el III (cero empleados o hasta dos). El bono se puede repartir entre varias soluciones digitales, respetando el límite máximo y los importes por categoría.
Requisitos para que un autónomo pueda solicitarlo
Para optar al bono Kit Digital en 2026 tienes que cumplir, simultáneamente:
- Tener la condición de pequeña empresa, microempresa o autónomo según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
- Estar inscrito en el censo de empresarios (alta vigente del Modelo 036) y en el RETA con antigüedad mínima de 6 meses.
- No tener consideración de empresa en crisis (definida en el Reglamento UE 651/2014).
- Estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras decisión de la Comisión Europea.
- No superar el límite de ayudas de mínimis acumuladas en el ejercicio fiscal y los dos anteriores (200.000 € en general, 100.000 € en transporte por carretera).
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- Disponer del Nivel de Madurez Digital acreditado mediante el test diagnóstico de acelerapyme.gob.es.
Si ejerces como autónomo societario (administrador o socio que cotiza por la sociedad), la solicitud la presenta la sociedad, no tú a título personal.
Categorías de soluciones digitales financiables en 2026
El catálogo oficial cubre estas categorías (puedes elegir varias hasta agotar el bono):
- Sitio web y presencia básica en internet (hasta 2.000 € en Segmento III).
- Comercio electrónico (hasta 2.000 €).
- Gestión de redes sociales (hasta 2.000 €).
- Gestión de clientes (CRM) (hasta 2.000 €).
- Business Intelligence y analítica (hasta 1.500 €).
- Servicios y herramientas de oficina virtual (hasta 250 €/usuario, máximo 2 usuarios en Segmento III).
- Factura electrónica (hasta 1.000 €, o hasta 2.000 € si incluye Verifactu).
- Comunicaciones seguras (hasta 125 €/usuario).
- Ciberseguridad (hasta 125 €/dispositivo).
- Presencia avanzada en internet (SEO) (hasta 2.000 €).
- Marketplace (hasta 2.000 €).
- Gestión de procesos (hasta 2.000 €).
- Inteligencia artificial (nueva categoría 2026, hasta 6.000 € en Segmento I; pendiente confirmar tope para autónomos).
Las cuantías por categoría son los importes máximos por solución contratada. El total no puede superar el bono asignado a tu segmento.
Cada solución debe contratarse con un Agente Digitalizador adherido del catálogo público. Si el agente no está adherido, la subvención no es válida.
Cómo solicitar el bono Kit Digital 2026: pasos
1. Registro en acelerapyme.gob.es
Crea cuenta en la plataforma oficial acelerapyme.gob.es. Se accede con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
2. Test de diagnóstico digital (obligatorio)
Realiza el test de Nivel de Madurez Digital, que evalúa el estado actual de digitalización de tu negocio en cinco áreas (estrategia, infraestructura, operaciones, marketing, ventas). El test es requisito imprescindible: sin él no puedes presentar la solicitud.
3. Solicitud del bono en sede.red.gob.es
Cuando esté abierta la convocatoria correspondiente a tu segmento (consulta la sede electrónica de Red.es), presenta la solicitud telemática con certificado digital. La AEAT verifica de oficio los requisitos de estar al corriente de pagos.
4. Concesión y plazo para usar el bono
Si la solicitud se aprueba, recibes una resolución de concesión. El bono tiene un plazo de uso de 6 meses desde la concesión para formalizar el primer contrato con un Agente Digitalizador. La ejecución total puede extenderse hasta 12 meses.
5. Contratación con Agente Digitalizador adherido
Eliges agente y solución del catálogo, firmas el acuerdo de prestación de soluciones digitales. El acuerdo se sube a la plataforma de Red.es para validación.
6. Cobro del bono
Red.es paga directamente al Agente Digitalizador. Tú no recibes el dinero: lo recibe el agente como contraprestación por la solución entregada. La parte no cubierta por el bono (si el coste excede el tope) la pagas tú.
Documentación que necesitas tener lista
- DNI o NIE en vigor.
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
- Modelo 036 (alta censal) en vigor.
- Justificante de alta en RETA con al menos 6 meses de antigüedad.
- Certificados de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social (la administración los obtiene de oficio salvo que te opongas).
- Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones del art. 13.2 LGS.
- Test de diagnóstico digital realizado en acelerapyme.gob.es.
Errores frecuentes que invalidan la subvención
- Contratar antes de la concesión. Si firmas el acuerdo con el agente antes de tener la resolución, la ayuda se anula.
- Contratar con un agente no adherido. Solo los agentes que figuran en el catálogo público de acelerapyme dan derecho al bono.
- No realizar el test diagnóstico. Sin test, la solicitud se inadmite.
- Incumplir las obligaciones de mantenimiento. La solución contratada debe mantenerse en funcionamiento durante 12 meses desde la entrega. Si das de baja antes, te exigen devolver el bono.
- No publicar el cartel de financiación europea. Las webs financiadas con Kit Digital deben mostrar visiblemente el logo del Plan de Recuperación y la mención a Next Generation EU.
- Acumular ayudas que superen el de mínimis. Si ya has cobrado otras subvenciones de mínimis, comprueba el límite antes de solicitar.
- No conservar las facturas y justificantes. Red.es puede comprobar la justificación durante 4 años. Sin documentación, devolución íntegra.
Qué pasa si ya has agotado convocatorias anteriores
Si ya recibiste un bono Kit Digital en convocatorias previas (2022, 2023, 2024 o 2025), no puedes recibir otro bono completo en 2026, pero sí puedes:
- Solicitar bono complementario si el original no llegó al tope de tu segmento (por ejemplo, recibiste 2.000 € en 2023 como Segmento III; ahora puedes pedir hasta 1.000 € adicionales hasta llegar al nuevo tope de 3.000 €).
- Acceder a las nuevas categorías (IA, ciberseguridad ampliada) con la diferencia disponible.
Cada caso depende de tu historial de ayudas. Si dudas, una asesoría puede revisar tu expediente en la sede de Red.es.
Compatibilidad con otras subvenciones
El Kit Digital es compatible con:
- Cuota cero para autónomos en la CCAA correspondiente.
- ENISA Jóvenes Emprendedores y otras líneas ENISA.
- Kit Consulting (su programa hermano para asesoramiento).
- Subvenciones autonómicas a la digitalización (Castilla-La Mancha, Madrid, Andalucía, etc.).
Con la única condición de no financiar el mismo gasto dos veces y de respetar el límite agregado de mínimis.
Preguntas frecuentes sobre el Kit Digital 2026
¿Cuánto puede recibir un autónomo del Kit Digital en 2026?
Hasta 3.000 € si pertenece al Segmento III (cero empleados o hasta dos). Esta es la cuantía vigente desde la Orden TDF/39/2026.
¿Tengo que devolver algo del bono?
No, si cumples los requisitos: mantienes la solución 12 meses, conservas justificantes y publicas el cartel de financiación. Si incumples, Red.es exige devolución íntegra.
¿Cuánto tarda Red.es en resolver mi solicitud?
El plazo legal de resolución es de 6 meses, aunque en convocatorias anteriores la media ha estado en torno a 2-4 meses según volumen.
¿Puedo pedir el Kit Digital si llevo menos de 6 meses como autónomo?
No, en 2026 se exige antigüedad mínima de 6 meses en el RETA al presentar la solicitud.
¿El test de diagnóstico tiene preguntas con respuestas correctas o incorrectas?
No es un examen. Mide tu nivel actual de digitalización para orientarte hacia las soluciones más adecuadas. Responde con sinceridad.
¿Puedo elegir varias soluciones digitales con el mismo bono?
Sí. Puedes repartir los 3.000 € entre varias categorías (web + RRSS + ciberseguridad, por ejemplo), respetando los topes por solución y el bono total.
¿Qué pasa si mi Agente Digitalizador desaparece o no entrega?
Red.es contempla mecanismos de revocación. Tú no pierdes el bono: se anula el acuerdo y puedes contratar con otro agente adherido dentro del plazo restante.
¿El Kit Digital cubre Verifactu?
Sí. La categoría de factura electrónica financia hasta 2.000 € en soluciones que incluyan Verifactu, lo que es muy interesante de cara a la entrada en vigor en 2027 (más sobre Verifactu).
¿Te ayudamos con tu fiscalidad?
En Palencia Asesores acompañamos a autónomos, pymes y profesionales con asesoría fiscal, laboral y mercantil.
