Resumen rápido: Los servicios de restauración (comidas y bebidas servidas en un bar, restaurante o cafetería) tributan al IVA reducido del 10%, incluidas las bebidas alcohólicas que se sirven en el local. La comida preparada para llevar también suele ir al 10%, pero algunas ventas sin servicio, como el alcohol para llevar, van al 21%.
El IVA de la hostelería parece sencillo hasta que un mismo local sirve menús, vende botellas de vino para llevar, organiza eventos y cobra entrada los fines de semana. Cada operación tiene su tipo, y aplicarlo mal sale caro en una comprobación. Te explicamos qué IVA aplica en cada situación y cómo se declara.
- Cuál es el IVA de un restaurante: el 10%
- Cómo funciona el IVA en un restaurante: un ejemplo
- Tabla de tipos de IVA en hostelería
- IVA de la comida para llevar y el delivery
- Propinas, eventos y otros casos
- Hay que incluir el IVA en la carta, los tickets y las facturas
- Cómo se declara el IVA restaurante: modelo 303 y módulos
- Preguntas frecuentes
Cuál es el IVA de un restaurante: el 10%
La Ley del IVA aplica el tipo reducido del 10% a los servicios de hostelería, acampamento y balneario y a los de restaurantes, y en general al suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto. Es el tipo que se aplica al menú del día, a la carta, a los desayunos de una cafetería o a las tapas de un bar.
Lo que importa es que haya servicio: mesas, camareros, vajilla, preparación en el momento. En ese caso la operación es una prestación de servicios de restauración y todo lo que se consume dentro va al 10%, incluidas las bebidas alcohólicas y los refrescos. Muchos hosteleros creen que el vino o la cerveza servidos en el local van al 21%, y no es así.
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo: el establecimiento lo cobra al cliente en el precio y lo ingresa en Hacienda, descontando el que ha pagado a sus proveedores. Por eso importa tanto aplicar bien el tipo en cada venta como controlar el IVA de cada compra.
Cómo funciona el IVA en un restaurante: un ejemplo
Imagina un restaurante que en un trimestre factura 30.000 euros de comidas y bebidas servidas, IVA aparte. Aplica el 10%, así que repercute 3.000 euros de IVA a sus clientes.
En ese mismo trimestre compra alimentos, bebidas y suministros. El pan, la leche, los huevos, la fruta y la verdura le llegan con el IVA superreducido del 4%; la carne, el pescado y el agua, con el 10%; el vino, la cerveza, los refrescos azucarados, la luz y el alquiler del local, con el 21%. Supongamos que en total ha soportado 1.900 euros de IVA.
En el modelo 303 ingresará la diferencia: 3.000 menos 1.900, es decir, 1.100 euros. Si tributa en régimen simplificado, el cálculo cambia y la cuota sale de los módulos, pero la contabilidad de compras sigue siendo útil para controlar los márgenes de cada plato.
Tabla de tipos de IVA en hostelería
| Operación | Tipo de IVA |
|---|---|
| Comidas y bebidas servidas en el local (incluido alcohol) | 10% |
| Menú del día con bebida incluida | 10% |
| Comida preparada para llevar o a domicilio | 10% |
| Bebidas alcohólicas vendidas para llevar, sin servicio | 21% |
| Catering de eventos con servicio | 10% |
| Alquiler de un salón sin servicio de comida | 21% |
| Alojamiento en hotel, hostal o apartamento turístico con servicios hoteleros | 10% |
| Entrada a discoteca o sala de fiestas | 21% |
Son reglas generales. Cuando una operación combina varios elementos, como un evento con alquiler de sala, comida y animación, hay que analizar si se trata de un único servicio o de varios con tipos distintos, y así reflejarlo en la factura.
IVA de la comida para llevar y el delivery
Cuando el restaurante entrega comida preparada para llevar o a domicilio, ya no presta un servicio de restauración sino que vende un producto alimenticio elaborado, que también tributa al 10%. Da igual que el pedido llegue por teléfono, por la web o por una plataforma de reparto.
La diferencia está en las bebidas. Las bebidas alcohólicas vendidas para llevar tributan al 21%, y lo mismo ocurre con algunas bebidas con azúcares o edulcorantes añadidos cuando se venden como producto y no dentro de un servicio de restauración. Si tu TPV aplica el mismo IVA a todo lo que sale por la puerta, revísalo.
Las comisiones que cobran las plataformas de reparto son un servicio distinto: la plataforma te factura su comisión con su propio IVA, que puedes deducir si estás en el régimen general.
Propinas, eventos y otros casos
- Propinas: las voluntarias no forman parte de la base imponible del IVA. Si el suplemento es obligatorio y figura en la cuenta, sí tributa.
- Bodas y eventos: el banquete con servicio va al 10%. El alquiler del espacio sin comida, la decoración o la música facturadas por separado pueden ir al 21%.
- Hoteles: el alojamiento y el desayuno van al 10%. Otros servicios, como el spa o el alquiler de salas de reuniones sin restauración, pueden tributar al 21%.
- Discotecas y salas de fiesta: la entrada va al 21%. Las consumiciones servidas en barra, como servicio de restauración, al 10%.
Hay que incluir el IVA en la carta, los tickets y las facturas
Los precios de la carta tienen que mostrarse como precio final, con el IVA incluido, porque así lo exige la normativa de protección del consumidor. Poner los precios sin IVA y añadirlo después en la cuenta es un error frecuente que puede acabar en una sanción de consumo.
La mayoría de los cobros en hostelería se documentan con factura simplificada, el ticket de toda la vida. En los servicios de hostelería y restauración se puede emitir factura simplificada en operaciones de hasta 3.000 euros, IVA incluido, un límite más alto que el general de 400 euros.
Si el cliente es una empresa y te pide factura completa con sus datos, tienes que emitirla. Y conviene tener en el horizonte VeriFactu: los sistemas de facturación tendrán que cumplir el reglamento antifraude, con la obligación aplazada a 2027. Te lo contamos en nuestra guía sobre el aplazamiento de VeriFactu.
Cómo se declara el IVA restaurante: modelo 303 y módulos
Muchos bares y restaurantes pequeños tributan en el régimen simplificado del IVA, ligado a los módulos: la cuota se calcula con índices como el personal, la superficie o las mesas, y no con lo facturado. En ese caso los tipos de IVA siguen importando para tus facturas y para el cliente, pero lo que ingresas se calcula por módulos.
En el régimen general, presentas cada trimestre el modelo 303 con el IVA repercutido de tus ventas menos el IVA soportado en tus compras, y el resumen anual en el modelo 390. Ojo: la hostelería no está en recargo de equivalencia, porque transforma los productos que compra.
En nuestra asesoría para hostelería y restaurantes revisamos los tipos de tu TPV, elegimos contigo entre módulos o estimación directa y llevamos el IVA, las nóminas y el convenio de tu local.
Preguntas frecuentes
¿Qué IVA lleva una comida en un restaurante?
El 10%, porque es un servicio de restauración. Se aplica a toda la comida y la bebida que se consume en el local.
¿Las bebidas alcohólicas en un bar van al 21%?
No, si se sirven en el local forman parte del servicio de restauración y van al 10%. Solo van al 21% cuando se venden para llevar, sin servicio.
¿Qué IVA tiene la comida para llevar?
Normalmente el 10%, como producto alimenticio elaborado. Las bebidas alcohólicas vendidas para llevar tributan al 21%.
¿Las propinas llevan IVA?
Las propinas voluntarias no forman parte de la base imponible del IVA. Si el suplemento es obligatorio, sí tributa.
¿Hasta qué importe puedo dar ticket en hostelería?
En los servicios de hostelería y restauración se puede emitir factura simplificada hasta 3.000 euros, IVA incluido.
¿Un restaurante puede estar en recargo de equivalencia?
No. El recargo de equivalencia es para comerciantes minoristas que venden sin transformar; la hostelería transforma los productos.
¿Tienes un bar o un restaurante?
Revisamos el IVA de tu TPV y llevamos la fiscalidad, las nóminas y el convenio de tu local.
